Desde la concepción del Estado por las teorías contractualistas del mismo, realizadas hace más de tres siglos, se previó que el responsable de la aplicación de justicia sería precisamente éste bajo la premisa siempre imperante de que la voluntad de la colectividad sería la de que a través del Estado, los habitantes de determinado territorio vivieran bajo principios mínimos de seguridad.
De esta manera la concepción de las instituciones estatales se realizó bajo el principio autopoiético que refiere que el Estado es el responsable de crear el Derecho y a su vez el Derecho regula al Estado.
Posteriormente y derivado de que los excesos de las autoridades, principalmente del Estado absolutista, eran enormes y se traducían en la célebre expresión de Luis XVI “El Estado soy yo” se configuraron los Estados liberales y con ello los Estados de Derecho, fundamentados principalmente en el respeto a los derechos individuales, en la existencia de principios básicos, como el principio de legalidad, el de check and balances y el de la división de poderes que fueron la columna vertebral del constitucionalismo que impera en la gran mayoría de sistemas democráticos modernos, como es el caso de México.
Dentro de estos mecanismos de limitación del poder la doctrina anglosajona desarrollo, para el ámbito de la aplicación de justicia, el más importante de ellos sintetizado en aquello que se conoce como “due process of law”, que determina las reglas del juego en el momento de que la autoridad pueda impartir justicia.
Los principios antes mencionados se encuentran presentes en la legislación mexicana de manera concreta en la Constitución federal, dentro del capítulo denominado garantías individuales contemplado dentro de la parte dogmatica de la misma.
De esta manera el sistema de administración de justicia mexicano no es ni ha sido producto de la casualidad, sino por el contrario es resultado de una herencia teórico-política que ha permitido la existencia de un cumulo de normas que reglamentan la forma en que los presuntos responsables de la comisión de un delito deban ser perseguidos y castigados.
Y es que pareciera que dentro de nuestro sistema penal no existieran reglas claras para castigar los delitos. El caso del cantante Kalimba y del llamado “JJ” dan cuenta del estado que guarda la forma en que en México alguien puede ser; por un lado castigado y por el otro exonerado.
Para el caso de Kalimba; acusado por violación, encarcelado, juzgado fast track y liberado el día de hoy -ojalá todos los juicios fueran tan prontos y expeditos- la forma en la que los medios de comunicación han intervenido genera suspicacias, no solamente actuando de manera irresponsable y poco ética, sino además, demostrando que el problema más grave de nuestro país no es el narcotráfico, la inseguridad o el secuestro, sino peor aún; la impunidad.
Y es que de manera impune las dos televisoras más grandes del país han decidido convertirse en las nuevas autoridades mexicanas, tanto acusadoras, como juzgadoras. En menos de una semana tanto Televisa como TV Azteca, no solamente persiguieron al cantante, sino además lo acusaron, lo interrogaron, valoraron pruebas testimoniales e incluso lo sentenciaron, logrando gracias a este gran show mediático que el actuar de las verdaderas autoridades fuera inducido, ¿Dónde queda pues la actuación de los jueces que por ley debe ser imparcial y apegada a Derecho?
Por otro lado la detención del presunto narcotraficante conocido como el JJ de igual forma fue una lección magistral del poder que en el marco de la impunidad, el interés y compromiso tienen los medios de comunicación en el sistema jurídico-político mexicano. Tras su captura y lejos de ser remitido de manera inmediata ante la disposición de las autoridades para que fueran estas las responsables de tomar la declaración preparatoria del indiciado y ante la necesidad de demostrar la capacidad policiaca de un Estado mexicano débil, la Policia Federal decidió que este personaje se sujetara ante la ley del rating televisivo y concediera una entrevista a Carlos Loret de Mola, quien no solo se vio superado por el presunto delincuente, sino que además doto al “JJ” de información que por ley debía ser omitida a efecto de que la defensa del indiciado no pudiera amañar el proceso penal.
En este sentido las preguntas tanto en el caso Kalimba y JJ más allá de ser un espectáculo grotesco de la realidad mexicana saltan a la vista; ¿Quién o quiénes son los responsables de juzgar los delitos en territorio mexicano?, ¿Qué tanto poder tienen los medios de comunicación para perseguir, juzgar y castigar a un ciudadano?, ¿Dónde queda el poder del Estado mexicano? Las respuestas a todas estas interrogantes no puede ser otra más que la existencia de la impunidad en todo el tejido social de nuestro país, donde ahora no solamente cualquier persona puede delinquir sin mayor castigo, sino que también puede hacer las veces de legislador, juzgador y ejecutor de la ley.